11. Despido por Inasistencia: ¿Cuántos días puedo faltar sin ser despedido? - Justicia Laboral - Despido Injustificado
Despido por inasistencia

Despido por Inasistencia: Las reglas de oro para no perder tu indemnización

El despido por inasistencia es una de las causales más peligrosas para el trabajador, ya que permite al empleador terminar el contrato sin pagar ninguna indemnización por años de servicio ni mes de aviso. Se encuentra regulada en el Artículo 160 N°3 del Código del Trabajo, y sus reglas son matemáticas.

¿Cuándo es legal el despido por faltar al trabajo?

Para que el empleador pueda aplicar esta causal de “castigo”, debe ocurrir alguna de estas tres situaciones en un mismo mes calendario:

  1. Dos días seguidos: Por ejemplo, faltar lunes y martes sin aviso ni justificación.
  2. Dos lunes en el mes: Una regla específica que busca combatir el ausentismo tras el fin de semana.
  3. Tres días en total en el mes: Faltar tres días alternados (ej: un miércoles, un viernes y el siguiente jueves).

¿Qué se considera una “falta justificada”?

No toda ausencia permite el despido. Si tienes una razón de peso, el despido es injustificado. Las justificaciones aceptadas suelen ser:

  • Licencia Médica: Incluso si la avisaste tarde, si existe el documento médico, la falta es justificada.
  • Fuerza Mayor: Un choque, un desastre natural o una emergencia familiar grave e imprevista.
  • Permisos pactados: Si tienes un WhatsApp donde tu jefe te autorizó el día, el despido es ilegal.

Preguntas Frecuentes: Despido por Inasistencia

1. ¿Debo avisar mi inasistencia el mismo día?

La ley no establece una hora exacta, pero la jurisprudencia exige que el aviso sea oportuno. Lo ideal es avisar por escrito (WhatsApp o correo) apenas sepas que no podrás asistir. El silencio del trabajador es lo que suele validar el despido por inasistencia.

2. ¿Qué pasa si falto un día pero es “sandwich” o feriado?

Faltar un solo día (aunque sea un viernes tras un jueves feriado) no es causal de despido bajo el Art. 160 N°3. Sin embargo, podría sancionarse con una amonestación en tu hoja de vida o un descuento salarial, pero nunca con el despido sin indemnización.

3. ¿El empleador debe enviarme una amonestación antes de echarme?

No es obligatorio para esta causal. Si cumples con los “dos días seguidos”, el empleador puede enviarte la carta de despido de inmediato. Por eso es vital documentar siempre el porqué de la falta.

4. ¿Me pueden despedir si llegué 3 horas tarde dos días seguidos?

No por la causal de inasistencia. La inasistencia es la falta al día completo. Los atrasos constantes se sancionan por otra causal (Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato), pero el proceso de prueba para la empresa es mucho más difícil.

5. ¿Qué hago si mi jefe me dijo que no fuera y luego me llega la carta de despido?

Esto es una trampa común. Si te dan un permiso verbal, intenta siempre confirmarlo por mensaje: “Jefe, gracias por darme libre hoy martes, nos vemos mañana”. Si te despiden, ese mensaje será tu prueba de que el despido por inasistencia es una farsa.

6. ¿Tengo derecho a vacaciones si me despiden por faltar?

Sí. Aunque el despido sea por tu culpa (causal disciplinaria), el derecho a las vacaciones proporcionales y a los días ya trabajados es irrenunciable y deben pagártelos en el finiquito.

7. ¿Puedo demandar a mi empleador si me despide por faltar?

Sí. Puedes demandar a tu empleador si te despide por faltar. Para esto, debes colocar una reserva de derechos en tu finiquito y demandar por despido injustificado, derivado del despido por inasistencia.

8. ¿Cuánto es el monto a demandar?

El monto a demandar por despido por inasistencia corresponde a la indemnización por años de servicio, indemnización sustitutiva del aviso previo más el recargo legal del 80% sobre tu indemnización por años de servicio por despido indebido.

Despido por inasistencia ¿Cuántos días puedo faltar sin que me despidan?

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